Cambios en la Ley de la cadena alimentaria.

27/02/2020

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de febrero un Real Decreto por el que se adoptan determinadas medidas urgentes para garantizar unos precios justos a los agricultores y ganaderos que cubran los precios de producción, al tiempo que eliminará la venta a pérdidas.
El Real Decreto para modificar la Ley de la cadena alimentaria contempla como principal novedad obligar a que cada operador abone al inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción del producto.
Asimismo, se previene que el operador que realice la venta final del producto al consumidor pueda repercutir a ninguno de los operadores anteriores su riesgo empresarial derivado de su política comercial en materia de precios ofertados al público.
Asimismo, adelantándose a la exigencia de la actual normativa europea en la materia, se prevé la publicidad de las infracciones graves y muy graves, con fines disuasorios pero también punitivos.
En el caso de las sanciones que imponga la Administración General del Estado, esta publicidad se dará por medio de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
También se prevé como novedad destacada la inclusión del coste de producción en el precio como elemento mínimo de los contratos.
En la Ley originaria se tiene en cuenta en la composición del precio, el conjunto de factores objetivos, verificables, no manipulables que deben ser expresamente establecidos en el contrato, si bien no incluye expresamente un factor que se considera esencial para determinación como es el coste de producción.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de esas premisas, la norma incorpora una lista ejemplificativa de elementos a considerar para las explotaciones agrarias -tales como semillas, fertilizantes, pesticidas, energía o maquinaria- e índices que, entre otros, puedan emplearse para asegurar esa objetividad en su determinación, como los publicados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Asimismo, la norma recoge una fiscalidad más fraccionada en los pagos de los jóvenes agricultores por las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC), que ahora podrán abonar en cuatro años.
En consecuencia, se adapta la normativa del IRPF para permitir en este supuesto al igual que ya sucede en otros análogos, tributar en varios ejercicios.
Se trata de una medida que, siendo sus efectos muy relevantes, tiene coste cero para las arcas públicas pues permite el pago del impuesto a lo largo de las anualidades de ejecución de las ayudas, sin disminuir el volumen final de ingresos públicos pero acomodándolo al marco temporal en que se recibe la ayuda.

Fuente: Europa Press

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